PREÁMBULO

La investigación criminal constituye un elemento esencial para la protección del Estado de Derecho y la correcta administración de justicia dentro del Estado de Prime.

En el marco del nuevo modelo de seguridad estatal, basado en la coordinación entre la Policía Federal, la Policía Investigativa y los cuerpos locales, se establece la necesidad de dotar a la Policía Investigativa de una estructura sólida, especializada y eficiente.

La Policía Investigativa asume la responsabilidad de investigar delitos, desarticular organizaciones criminales y apoyar al sistema judicial, actuando bajo los principios de legalidad, profesionalidad y cooperación interinstitucional.

En virtud de lo anterior, el Gobierno del Estado de Prime aprueba el presente Reglamento General de la Policía Investigativa.


TÍTULO I – NATURALEZA Y PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 1. Naturaleza jurídica

La Policía Investigativa de Prime (PIP) es un cuerpo de seguridad pública:

  • De carácter civil
  • Armado y jerarquizado
  • Especializado en investigación criminal
  • Profesional y permanente
  • Dependiente del Gobierno Estatal

Forma parte del Sistema Nacional de Seguridad del Estado de Prime.


Artículo 2. Dependencia

  • Orgánicamente depende del Ministerio de Seguridad
  • Funcionalmente actuará:
    • Bajo autoridad judicial en funciones de Policía Judicial
    • En coordinación con la Policía Federal
    • En cooperación con la Policía Municipal


Artículo 3. Principios de actuación

Los miembros de la PIP actuarán conforme a:

  • Legalidad
  • Proporcionalidad
  • Congruencia y oportunidad
  • Confidencialidad
  • Neutralidad política
  • Responsabilidad profesional
  • Coordinación interinstitucional


TÍTULO II – COMPETENCIAS

Artículo 4. Competencias propias

Corresponde a la Policía Investigativa:

  • Investigación de delitos penales
  • Recopilación y análisis de pruebas
  • Desarticulación de organizaciones criminales
  • Operaciones encubiertas
  • Inteligencia criminal
  • Apoyo al sistema judicial


Artículo 5. Competencias compartidas

En coordinación con Policía Federal y Municipal:

  • Seguridad ciudadana
  • Prevención del delito
  • Operativos conjuntos
  • Gestión de emergencias


Artículo 6. Competencias exclusivas

Son funciones prioritarias de la Policía Investigativa:

  • Crimen organizado
  • Narcotráfico
  • Delitos complejos
  • Redes criminales estructuradas
  • Investigaciones de carácter supralocal


TÍTULO III – ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL

CAPÍTULO I – DIRECCIÓN GENERAL

La Dirección General constituye el máximo órgano de mando.

Está compuesta por:

  • Director de Policía Investigativa
  • Subdirector
  • Director Adjunto Operativo


Dependen de la Dirección las siguientes divisiones:

  • División de Investigación Criminal
  • División Antinarcóticos
  • Unidad Táctica Especial
  • División de Inteligencia y Análisis
  • División Operativa de Campo
  • Asuntos Internos


CAPÍTULO II – DIVISIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (DIC)

Encargada de la investigación principal de delitos.

Unidades:

  • Brigada de Homicidios
  • Grupo de Delincuencia Organizada
  • Unidad de Análisis Forense

Funciones:

  • Investigación de delitos graves
  • Elaboración de informes judiciales
  • Coordinación con fiscalía


CAPÍTULO III – DIVISIÓN ANTINARCÓTICOS (DAN)

Unidad especializada en drogas y tráfico ilegal.

Unidades:

  • Grupo de Intervención Antidroga
  • Unidad Encubierta

Funciones:

  • Investigación de narcotráfico
  • Operaciones encubiertas
  • Incautación de sustancias


CAPÍTULO IV – UNIDAD TÁCTICA ESPECIAL (UTE)

Unidad de intervención de alto riesgo.

Funciones:

  • Asaltos tácticos
  • Rescate de rehenes
  • Apoyo armado
  • Operativos de máxima peligrosidad


CAPÍTULO V – DIVISIÓN DE INTELIGENCIA Y ANÁLISIS (DIA)

Encargada de la información estratégica.

Funciones:

  • Análisis criminal
  • Vigilancia
  • Interceptación
  • Seguimiento de objetivos


CAPÍTULO VI – DIVISIÓN OPERATIVA DE CAMPO (DOC)

Unidad de ejecución en terreno.

Funciones:

  • Detenciones
  • Operativos
  • Apoyo a otras divisiones
  • Control de zonas conflictivas


CAPÍTULO VII – ASUNTOS INTERNOS (AI)

Unidad de control interno.

Funciones:

  • Investigación de agentes
  • Control disciplinario
  • Prevención de corrupción


TÍTULO IV – JERARQUÍA Y ESCALAS

La Policía Investigativa se estructura en:

Escala Básica

  • Aspirante
  • Agente
  • Agente Primero
  • Subinspector

Escala Ejecutiva

  • Inspector
  • Inspector Jefe

Escala Superior

  • Comisario
  • Comisario Principal
  • Comisario General

Dirección

  • Director Adjunto Operativo
  • Subdirector
  • Director


TÍTULO V – RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Las faltas se clasifican en:

  • Leves
  • Graves
  • Muy graves

Sanciones:

  • Amonestación
  • Suspensión
  • Degradación de rango
  • Expulsión

Se garantizará el derecho a defensa en todos los casos.


TÍTULO VI – USO DE LA FUERZA

  • Será el último recurso
  • Deberá ser proporcional
  • Uso de arma de fuego solo ante riesgo vital

Toda intervención será:

  • Justificada
  • Documentada
  • Supervisada


TÍTULO VII – OPERATIVIDAD

  • Se fomentará la coordinación entre divisiones
  • Los operativos serán dirigidos por el mando competente
  • Las operaciones especiales requerirán autorización superior


TÍTULO VIII – DISPOSICIONES FINALES

El presente Reglamento entrará en vigor tras su aprobación oficial.

Se integran como anexos:

  • Anexo I – Organigrama
  • Anexo II – Protocolos operativos
  • Anexo III – Código interno de actuación