PREÁMBULO
La investigación criminal constituye un elemento esencial para la protección del Estado de Derecho y la correcta administración de justicia dentro del Estado de Prime.
En el marco del nuevo modelo de seguridad estatal, basado en la coordinación entre la Policía Federal, la Policía Investigativa y los cuerpos locales, se establece la necesidad de dotar a la Policía Investigativa de una estructura sólida, especializada y eficiente.
La Policía Investigativa asume la responsabilidad de investigar delitos, desarticular organizaciones criminales y apoyar al sistema judicial, actuando bajo los principios de legalidad, profesionalidad y cooperación interinstitucional.
En virtud de lo anterior, el Gobierno del Estado de Prime aprueba el presente Reglamento General de la Policía Investigativa.
TÍTULO I – NATURALEZA Y PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1. Naturaleza jurídica
La Policía Investigativa de Prime (PIP) es un cuerpo de seguridad pública:
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De carácter civil
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Armado y jerarquizado
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Especializado en investigación criminal
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Profesional y permanente
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Dependiente del Gobierno Estatal
Forma parte del Sistema Nacional de Seguridad del Estado de Prime.
Artículo 2. Dependencia
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Orgánicamente depende del Ministerio de Seguridad
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Funcionalmente actuará:
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Bajo autoridad judicial en funciones de Policía Judicial
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En coordinación con la Policía Federal
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En cooperación con la Policía Municipal
Artículo 3. Principios de actuación
Los miembros de la PIP actuarán conforme a:
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Legalidad
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Proporcionalidad
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Congruencia y oportunidad
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Confidencialidad
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Neutralidad política
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Responsabilidad profesional
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Coordinación interinstitucional
TÍTULO II – COMPETENCIAS
Artículo 4. Competencias propias
Corresponde a la Policía Investigativa:
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Investigación de delitos penales
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Recopilación y análisis de pruebas
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Desarticulación de organizaciones criminales
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Operaciones encubiertas
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Inteligencia criminal
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Apoyo al sistema judicial
Artículo 5. Competencias compartidas
En coordinación con Policía Federal y Municipal:
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Seguridad ciudadana
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Prevención del delito
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Operativos conjuntos
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Gestión de emergencias
Artículo 6. Competencias exclusivas
Son funciones prioritarias de la Policía Investigativa:
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Crimen organizado
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Narcotráfico
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Delitos complejos
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Redes criminales estructuradas
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Investigaciones de carácter supralocal
TÍTULO III – ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL
CAPÍTULO I – DIRECCIÓN GENERAL
La Dirección General constituye el máximo órgano de mando.
Está compuesta por:
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Director de Policía Investigativa
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Subdirector
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Director Adjunto Operativo
Dependen de la Dirección las siguientes divisiones:
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División de Investigación Criminal
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División Antinarcóticos
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Unidad Táctica Especial
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División de Inteligencia y Análisis
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División Operativa de Campo
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Asuntos Internos
CAPÍTULO II – DIVISIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (DIC)
Encargada de la investigación principal de delitos.
Unidades:
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Brigada de Homicidios
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Grupo de Delincuencia Organizada
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Unidad de Análisis Forense
Funciones:
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Investigación de delitos graves
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Elaboración de informes judiciales
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Coordinación con fiscalía
CAPÍTULO III – DIVISIÓN ANTINARCÓTICOS (DAN)
Unidad especializada en drogas y tráfico ilegal.
Unidades:
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Grupo de Intervención Antidroga
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Unidad Encubierta
Funciones:
-
Investigación de narcotráfico
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Operaciones encubiertas
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Incautación de sustancias
CAPÍTULO IV – UNIDAD TÁCTICA ESPECIAL (UTE)
Unidad de intervención de alto riesgo.
Funciones:
-
Asaltos tácticos
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Rescate de rehenes
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Apoyo armado
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Operativos de máxima peligrosidad
CAPÍTULO V – DIVISIÓN DE INTELIGENCIA Y ANÁLISIS (DIA)
Encargada de la información estratégica.
Funciones:
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Análisis criminal
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Vigilancia
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Interceptación
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Seguimiento de objetivos
CAPÍTULO VI – DIVISIÓN OPERATIVA DE CAMPO (DOC)
Unidad de ejecución en terreno.
Funciones:
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Detenciones
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Operativos
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Apoyo a otras divisiones
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Control de zonas conflictivas
CAPÍTULO VII – ASUNTOS INTERNOS (AI)
Unidad de control interno.
Funciones:
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Investigación de agentes
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Control disciplinario
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Prevención de corrupción
TÍTULO IV – JERARQUÍA Y ESCALAS
La Policía Investigativa se estructura en:
Escala Básica
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Aspirante
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Agente
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Agente Primero
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Subinspector
Escala Ejecutiva
Escala Superior
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Comisario
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Comisario Principal
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Comisario General
Dirección
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Director Adjunto Operativo
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Subdirector
-
Director
TÍTULO V – RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Las faltas se clasifican en:
Sanciones:
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Amonestación
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Suspensión
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Degradación de rango
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Expulsión
Se garantizará el derecho a defensa en todos los casos.
TÍTULO VI – USO DE LA FUERZA
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Será el último recurso
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Deberá ser proporcional
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Uso de arma de fuego solo ante riesgo vital
Toda intervención será:
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Justificada
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Documentada
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Supervisada
TÍTULO VII – OPERATIVIDAD
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Se fomentará la coordinación entre divisiones
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Los operativos serán dirigidos por el mando competente
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Las operaciones especiales requerirán autorización superior
TÍTULO VIII – DISPOSICIONES FINALES
El presente Reglamento entrará en vigor tras su aprobación oficial.
Se integran como anexos:
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Anexo I – Organigrama
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Anexo II – Protocolos operativos
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Anexo III – Código interno de actuación